Debates
Debates morales
Algunas
sociedades lo prohíben casi por completo, mientras que otros lo permiten en
ciertos casos. Tales sociedades por lo general establecen una edad máxima
después de lo cual el feto no debe ser abortado, independientemente de las
circunstancias. ¿Cómo saber si es legal o no? ¿Cómo se relaciona con la moral?
En algunas
sociedades se ha permitido por algunas de estas razones:
- En aras de la salud de la madre, incluyendo la salud mental.
- Cuando el embarazo es el resultado de un crimen como: violación, incesto o abuso infantil.
- Cuando el niño tendría una “calidad de vida inaceptable“, tales como: graves minusvalías físicas, serios problemas genéticos y graves defectos mentales.
- Por razones sociales, incluyendo la pobreza.
- Incapacidad de la madre de hacer frente a un niño, ya sea por su edad o por su condición mental.
- Cuando es parte de la política de un gobierno.
- Para regular el tamaño de la población.
- Para regular los grupos dentro de una población.
- Para mejorar la población.
La
mayoría de quienes se oponen a su legalización, están de acuerdo que si es por
el bien de la salud de la madre puede ser moralmente aceptable si hay un riesgo
real de efectos graves para ella. Existen algunos textos argumentativos donde
se expone que este es considerado como un sustituto para la anticoncepción.
Algunos métodos anticonceptivos suponen una acción en una etapa muy temprana
del embarazo. Algunas sociedades lo han utilizado para la adecuada prestación
de anticoncepción o para regular el tamaño de la población.
Aunque
parezca insólito, en 1965, una Conferencia de las Naciones Unidas sobre la
Población Mundial en Belgrado, se dijo que “el aborto era el principal método
de control de natalidad en el mundo en ese momento”. Algunos médicos argumentan
que debe ser parte de la política de anticonceptivos de un país. Dicen que una
sociedad que cree que la gente debe planificar sus familias, debería permitir
que las mujeres pusiesen fin a sus embarazos no deseados, con el fin de hacer
frente a fallos de control de la natalidad. Por otro lado, el debate no se
detiene. Hay que tomar en cuenta un aspecto muy interesante de este tema y es
el que tiene que ver con la relación existente con la discapacidad. Algunos
expertos en ética no están de acuerdo con el argumento de que debe permitirse
cuando el feto, si nace, podría sufrir de discapacidades físicas o mentales.
Dicen que permitir esto, como una razón, es ofensivo para las personas con
discapacidad; porque implica que tanto ellos y como sus vidas, son de menor
valor si se les compara con la vida de las personas consideradas “normales”.
Algunas personas con discapacidad que argumentan que ellos preferirían estar
vivos antes que haber muerto en el útero. Sección 1 (1) D de la Ley de Aborto
de 1967 el Reino Unido, permitió la terminación de un embarazo en cualquier
momento si había un riesgo significativo de que el bebé naciera con una
discapacidad grave. En otras circunstancias debía tener lugar durante los
primeros 6 meses del embarazo. Para las personas con discapacidad, el argumento
de esos especialistas en ética sobre el particular, es irrelevante. Dicen que
el argumento es erróneo porque ataca el principio de que todos los seres
humanos tienen el mismo valor a vivir una vida como cualquier otra persona
humana. Consideran que es incorrecto decir que una vida vale menos que otra.
¿Estás de acuerdo con esta afirmación?
Otros
activistas provida se han opuesto a este argumento, porque piensan que es una
justificación para permitir el aborto eugenésico, que es el usado para eliminar
genes incapacitantes de la raza humana. En otras épocas se usó para detener el
crecimiento de los grupos de población, o grupos raciales considerados como
genéticamente “inferiores”. A día de hoy, esto se considera como una violación
grave de los derechos humanos y como un acto criminal. También se ha usado en
el pasado para no dejar que la gente con defectos genéticos pueda tener hijos.
Debates religiosos
Los
católicos ante el Aborto
¿Qué
entiende la Iglesia por aborto? La Iglesia Católica entiende por aborto la
muerte provocada del feto, realizada por cualquier método y en cualquier
momento del embarazo desde el instante mismo de la concepción. Así ha sido
declarado el 23 de mayo de 1 988 por la Comisión para la Interpretación
Auténtica del Código de Derecho Canónico.
La
cuestión del aborto provocado, ¿es sólo un problema científico, político o
social?
Ciertamente, no. Esta cuestión es, desde luego, un problema científico, político y social grave. Pero también es, y en gran medida, un serio problema moral para cualquiera, sea o no creyente.
Ciertamente, no. Esta cuestión es, desde luego, un problema científico, político y social grave. Pero también es, y en gran medida, un serio problema moral para cualquiera, sea o no creyente.
¿Tenemos
los católicos obligaciones adicionales acerca de la cuestión del aborto,
respecto de los no católicos o no creyentes? Todo hombre y toda mujer, si no quieren negar la
realidad de las cosas y defienden la vida y la dignidad humanas, han de
procurar por todos los medios lícitos a su alcance que las leyes no permitan la
muerte violenta de seres inocentes e indefensos. Pero los cristianos, entre los
que nos contamos los católicos, sabemos que la dignidad de la persona humana
tiene su más profundo fundamento en el hecho de ser hijos de Dios y hermanos de
Jesucristo, que quiso ser hombre por amor a todos y cada uno de nosotros. Por
eso los católicos, si vivimos nuestra fe, valoramos en toda su dimensión el
drama terrible del aborto como un atentado contra esta dignidad sagrada. Más
que de obligaciones adicionales, pues, habría que hablar de una más profunda y
plena comprensión del valor de la persona humana, gracias a nuestra fe, como
fundamento para nuestra actitud en favor de la vida, ya que sabemos que el
olvido de Dios lleva con más facilidad al olvido de la dignidad humana. Como
católica, ¿en qué incurre una persona que realiza o consiente que le realicen
un aborto? Quien consiente y deliberadamente practica un aborto, acepta que se
lo practiquen o presta una colaboración indispensable a su realización, incurre
en una culpa moral y en una pena canónica, es decir, comete un pecado y un
delito.
¿En qué
consiste la culpa moral? La culpa moral es un pecado grave
contra el valor sagrado de la vida humana. El quinto Mandamiento ordena no matar.
Es un pecado excepcionalmente grave, porque la víctima es inocente e indefensa
y su muerte es causada precisamente por quienes tienen una especial obligación
de velar por su vida. Además, hay que tener en cuenta que al niño abortado se
le priva del Sacramento del Bautismo.
¿Qué es
una pena canónica? La pena
canónica es una sanción que la Iglesia impone a algunas conductas
particularmente relevantes, y que está establecida en el Código de Derecho
Canónico, vigente para todos los católicos.
¿En qué
pena canónica incurre quien procura un aborto? El que procura un aborto, si
sabe que la Iglesia lo castiga de este modo riguroso, queda excomulgado. El
Canon 1398 dice: "Quien procura un aborto, si éste se produce, incurre en
excomunión Latae sententiae" Por otra parte, el Canon 1041 establece que
el que procura un aborto, si éste se consuma, así como los que hayan cooperado
positivamente, incurre en irregularidad, que es el impedimento perpetuo para
recibir órdenes sagradas.
¿Qué
quiere decir incurrir en excomunión? Significa que un católico queda privado de recibir
los Sacramentos mientras no le sea levantada la pena: no se puede confesar
válidamente, no puede acercarse a comulgar, no se puede casar por la Iglesia,
etc. El excomulgado queda también privado de desempeñar cargos en la
organización de la Iglesia.
¿Qué
quiere decir que una excomunión es Latae sententiae? Con esta expresión se quiere
decir que el que incurre en ella queda excomulgado automáticamente, sin
necesidad de que ninguna autoridad de la Iglesia lo declare para su caso
concreto de manera expresa.
¿Significa
algo especial la frase "si éste -el aborto- se produce"? Sí. Quiere decir que, para que
se produzca la pena de excomunión, el aborto debe consumarse, es decir, el hijo
ha de morir como consecuencia del aborto. Si, por cualquier circunstancia, el
aborto no llega a consumarse, no se producirá la excomunión, aunque se dará el
pecado. En el caso del aborto, ¿quiénes incurren en la pena de excomunión? Si
se dan las condiciones que configuran la pena de excomunión, en este caso
quedan excomulgados, además de la mujer que aborta voluntariamente, todos los
que han prestado colaboración indispensable a que se cometa el aborto: quienes
lo practican, quienes los ayudan de modo que sin esa ayuda no se hubiera
producido el aborto, etc.
¿Qué
razón de ser tiene que el aborto está condenado por una pena canónica tan grave
como es la excomunión? La razón de ser de esta norma es proteger -también de esta manera, no
sólo con la catequesis y la recta formación de la conciencia- la vida del hijo
desde el instante mismo de la concepción, porque la Iglesia se da cuenta de que
la frágil vida de los hijos en el seno materno depende decisivamente de la
actitud de los más cercanos, que son, además, quienes tienen más directa y
especial obligación de protegerla: padres, médico, etc. Luego, cuando el niño
nazca, estará ya además protegido de alguna manera por la sociedad misma. La
Iglesia ha entendido siempre que el aborto provocado es uno de los peores
crímenes desde el punto de vista moral. El Concilio Vaticano II dice a este
respecto: "Dios, Señor de la vida, ha confiado a los hombres la insigne
misión de proteger la vida, que se ha de llevar a cabo de un modo digno del
hombre. Por ello, la vida ya concebida ha de ser salvaguardada con extremados
cuidados; el aborto y el infanticidio son crímenes abominables" (Const.
"Gaudium et Spes"). Pero ya que en los últimos años cada vez hay más
Estados que permiten el aborto, ¿no habría sido un gesto de benevolencia de la
Iglesia el haber mitigado las penas para los católicos que aborten?
La Iglesia
pudo haber cambiado, en la última y profunda revisión del Código de Derecho
Canónico culminada en 1983, la pena de excomunión que pesa sobre los que
procuran conscientemente un aborto, pero no lo hizo así precisamente porque en
las últimas décadas se ha producido en todo el mundo una acusada relajación de
la sensibilidad de las gentes (y también de muchos creyentes) hacia este
crimen. Y si bien esta mayor laxitud social, que ejerce una presión cierta
sobre las conciencias, puede disminuir la gravedad del delito en algunos casos,
una atenuación de la pena habría suscitado, inevitablemente, la errónea idea de
que la Iglesia considera hoy el aborto provocado como menos grave que antes,
cuando, evidentemente, no es así. La Iglesia es Madre y Maestra; como Madre, es
lenta para la ira y fácil para el perdón, pero como Maestra no puede desvirtuar
el depósito de la doctrina legado por Dios, y no puede decir que está bien lo
que está mal, ni puede dar pie a que nadie suponga que actúa de esta manera.
¿Puede
suceder que alguna persona consienta o colabore en un aborto y no incurra en
excomunión? Sí. Dado
que en Derecho Canónico no existe delito si no hay pecado grave, hay
circunstancias en las que no se incurre en esta pena, que requiere plena
imputabilidad. Por ejemplo, no quedan excomulgados los que procuran un aborto
si ignoran que se castiga con la excomunión; los que no tengan conciencia de
que abortar voluntariamente es pecado mortal; los que han intervenido en un
aborto forzados con violencia irresistible contra su voluntad o por miedo
grave; los menores de edad...; en general, los que han obrado sin plena
advertencia y pleno consentimiento. En el caso de que un médico (o un
anestesista o una enfermera), por no estar dispuesto a realizar este tipo de
intervenciones, fuese despedido y padecieran necesidad él y su familia, ¿podría
colaborar? Nunca se puede colaborar de modo positivo en la comisión de un acto
que va contra la ley de Dios, que hay que obedecer antes que a la ley de los
hombres. El católico que se halla en esta situación tiene la obligación grave
de ampararse en el derecho a la objeción de conciencia, aunque esta actitud
pueda acarrearle represalias. El profesional sanitario cristiano ha de tener
presente, además, que si es conocida su condición de creyente puede provocar un
grave escándalo si colabora a la práctica de abortos. Si los familiares de ese
profesional son también cristianos, tienen la responsabilidad humana y moral de
ayudarle a sobrellevar las dificultades, apoyarle en sus decisiones y hacer
causa común con él en esos momentos de tribulación. Y esta responsabilidad
alcanza también a sus amigos y colegas, si son cristianos y quieren vivir
auténticamente su fe, así como a los miembros de la comunidad católica en que
el profesional sanitario se desenvuelva.
¿Y qué ha
de hacer el resto de las personas que trabajan en un hospital donde se
practican habitualmente abortos? Esas personas han de poner todos los medios
lícitos a su alcance para que se dejen de practicar abortos. En cualquier caso,
han de negar su colaboración directa a esas acciones.
¿No es la
doctrina católica sobre el aborto una dura doctrina, que muy pocos podrán
seguir? Casi con estas mismas palabras replicaron los
contemporáneos de Jesús cuando oyeren su predicación. Y el mismo Jesús nos dijo
que hay que seguir el sendero estrecho para llegar al Reino de los Cielos.
Seguir a Cristo en Su Iglesia no es fácil, pero con la Gracia de Dios se allana
el camino y se superan las dificultades, por grandes que parezcan. También nos
dijo Jesús que fuéramos a Él con confianza, y Él nos aliviaría de nuestras
angustias. La doctrina católica sobre el aborto no proviene de la voluntad de
la autoridad eclesiástica, sino que está fundamentada en lo más profundo de la
naturaleza de las cosas queridas por Dios, que se expresa en la Ley que Él nos
ha dado a conocer, y que la Iglesia tiene la misión de transmitir. Pero la
Iglesia cumple también con su deber siendo el ámbito en que los cristianos
pueden fortalecer mejor su fe y ser ayudados y estimulados a vivir más
intensamente su vida cristiana.
¿Cómo
puede levantarse una excomunión, tras haber colaborado en un aborto consumado? Si un
católico se encuentra en esta situación, debe acudir al obispo o al sacerdote
en quien éste delegue. En la práctica, puede dirigirse a cualquier sacerdote,
que le indicará lo que debe hacer.
¿Tienen
los católicos, además de la obligación grave de no colaborar en ningún aborto
provocado, otras obligaciones en esta materia? Todos
los católicos estamos llamados a una vida plena, es decir, a la santidad, y a
contribuir activamente a la extensión del Reino de Dios en la tierra llevando
el Evangelio hasta el último rincón del mundo. Si todo miembro responsable de
una sociedad que se proclama civilizada tiene el deber de defender la vida y la
dignidad humanas, por muchas más razones los católicos hemos de asumir esta
tarea.
¿Cómo se
puede evitar? La respuesta está en una buena educación sexual, en
el uso de anticonceptivos adecuados y la prestación de servicios legales de
aborto seguro. Desafortunadamente muchos gobiernos no desarrollan
políticas permanentes que ayuden a lidiar con la situación. Son menos
preventivos y más reactivos.
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